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Desvelando la Noche: Chile bajo el hechizo de la polución lumínica.

¿Alguna vez te has preguntado cuánta luz artificial inunda nuestras ciudades en la oscuridad de la noche? En este emocionante viaje visual, te invitamos a explorar las ciudades de Chile cuando el sol se pone y la luz artificial toma el protagonismo. (agranda el video para verlo bien).

*Video de Jorge Jiménez


El Ministerio de Medio Ambiente (MMA) define contaminación lumínica como la alteración de la oscuridad natural de la noche, provocada por luz desaprovechada, innecesaria o inadecuada, generada por el alumbrado de exteriores, la cual genera impactos en la salud y en la vida de los seres vivos.

De acuerdo con el Atlas Mundial de la Contaminación Lumínica de 2016, menos del 1% de la población de Chile vive en zonas con cielos oscuros y más del 30% vive en lugares donde la luz artificial no permite ver las estrellas y más aún tiene características que son más propias del crepúsculo que de la oscuridad de la noche.


Impacto en los seres vivos

  • Altera el ritmo de los ciclos circadianos en las personas (alteraciones en el sueño). Lo que puede generar diversos problemas de salud. Además de impactar la calidad de vida de las personas.

  • Altera conductas en animales: sueño, migración, búsqueda de alimentos (desorientación), reproducción.

  • Aumenta la mortalidad en especies nocturnas por debilitamiento de la vista y exposición a depredadores (30% de los vertebrados y más del 60% de los invertebrados son nocturnos).

  • Genera iluminación indeseada en las viviendas.

  • Provoca accidentes por deslumbramiento en carreteras.

Trabajo científico sobre observación astronómica

  • Afecta la calidad astronómica de los cielos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, donde próximamente se concentrará el 70% de la capacidad astronómica existente en el mundo. La contaminación disminuye la oscuridad de los cielos y con ello dificulta la observación. Además, muchas lámparas de exteriores emiten luz en el rango del espectro que utilizan los observatorios.

Normativa


Desde 1998 Chile cuenta con una Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, que aplica a las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, para proteger la calidad astronómica de los cielos nocturnos del norte de nuestro país.

Esta norma restringe la emisión de flujo radiante hacia el hemisferio superior, la sobre-iluminación y la emisión de luz en rangos no útiles para la visión humana, o en rangos que impactan aumentando la contaminación lumínica, como es el rango azul.

La fuente emisora regulada es el Alumbrado de Exteriores, tales como las luminarias de calles, parques, recintos deportivos e industrias. También se incluyen los avisos, letreros luminosos e iluminados.

El año 2019, se dictó la Ley N° 21.162, que introdujo el concepto de “áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica” o “Áreas Astronómicas”, con el objetivo de fortalecer aún más la protección de la contaminación lumínica de las zonas circundantes a los centros astronómicos científicos.

Así, a partir de la propuesta de la Comisión Asesora Ministerial para la Elaboración de la Propuesta de Áreas con Valor Científico y de Investigación para la Observación Astronómica, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, declaró, por medio de su Decreto Supremo N°2 del 2023, como “Áreas Astronómicas” a 29 de las 33 comunas que componen las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, cuyo detalle es el siguiente:

Región De Antofagasta
  • Antofagasta, Calama, María Elena, Mejillones, Ollagüe, San Pedro de Atacama, Sierra Gorda y Taltal.

Región de Atacama
  • Alto del Carmen, Caldera, Copiapó, Freirina, Huasco, Tierra Amarilla y Vallenar.

Región de Coquimbo
  • Andacollo, Canela, Combarbalá, Coquimbo, Illapel, La Higuera, La Serena, Monte Patria, Ovalle, Paihuano, Punitaqui, Río Hurtado, Salamanca y Vicuña.

La actualización de la Norma Lumínica reconoce las Áreas Astronómicas como Áreas de Protección Especial, en las cuales se aplicará la mayor exigencia de espectro de emisión.

Para mayor información sobre la declaración de las Áreas Astronómicas, puedes revisar el comunicado del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación en su sitio web.


Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Los proyectos contemplados en el artículo 10 de la Ley N° 19.300 deben ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

En este sistema, los proyectos deben evaluar su impacto según normativa nacional o en el caso que no exista, evaluarse con normativa de referencia (internacional).

Un proyecto que busque instalarse en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo y que deba ingresar al SEIA, debe considerar si le aplica la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica. De ser así, debe declarar y detallar cómo asegurará su cumplimiento.

Asimismo, a partir de la modificación que introdujo la Ley N° 21.162, aquellos proyectos ubicados en o próximos a un Área con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica, susceptible de ser afectada, deberán ingresar como Estudio de Impacto Ambiental. Para hacer aplicable la evaluación en estas nuevas Áreas Astronómicas, el Ministerio del Medio Ambiente, en conjunto con el Servicio de Evaluación Ambiental, ha trabajado la elaboración de un documento técnico (prontamente disponible) que establecerá un criterio para determinar cuándo un área es susceptible de ser afectada por un proyecto.

Así, a partir de las especificaciones técnicas del alumbrado (potencia, cantidad de luminarias, distancia a centros astronómicos, entre otros) de un proyecto que deba evaluarse en el SEIA, se determinará si deberá hacerlo como Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o como Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Cuando un proyecto es aprobado, cuenta con una resolución de calificación ambiental, la cual se convierte en una regulación específica para dicho proyecto.


Ordenanzas municipales

Una de las atribuciones de las Municipalidades es dictar ordenanzas en materia ambiental y uno de los temas que puede abordar es la contaminación lumínica.

Actualmente, existen Municipalidades que cuentan con ordenanzas ambientales que incluyen un capítulo sobre contaminación ambiental y otras que han elaborado una ordenanza específica para evitar la contaminación lumínica.

Por su parte, el Ministerio del Medio Ambiente cuenta con una Ordenanza tipo Ambiental (ver aquí), la que en su párrafo 4° habla sobre la Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, incorporando medidas que permitan el cumplimiento de la normativa ambiental, así como acciones como el apagado de luces que no sean utilizadas, mediante tecnología o en periodos especiales del año.

Cabe señalar que la Ordenanza tipo Ambiental del MMA es una propuesta, la cual puede ser adaptada en atención a las necesidades particulares de cada municipio que desee aplicarla.


Fuentes:






 
 
 

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